jueves, 25 de enero de 2024

LA ÉTICA EN LA SOCIEDAD CONTEMPORÁNEA, UNA REFLEXIÓN MASÓNICA

 

A.·. L.·. G.·. D.·. G.·. G.·. D.·. U.·.

AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.

F.·. B.·. L.·. S.·. HIRAM ABIF No. 2




Dos cosas llenan el ánimo de admiración y respeto, siempre nuevos y crecientes cuanto más reiterada y persistentemente se ocupa de ellas la reflexión: el cielo estrellado que está sobre mí y la ley moral que hay en mí.” Inmanuel Kant.

 Para abordar el tema sobre ética, es necesario distinguir conceptos básicos que usualmente son confundidos dentro de las conversaciones frecuentes. A manera general, podemos decir que la ética está relacionada con el estudio de los valores morales que guían el comportamiento del hombre en sociedad, siendo un conjunto de conocimientos derivados de la investigación sobre la conducta humana; mientras que, la moral son los comportamientos, normas, conductas, etc., instituidos en cada sociedad, se aplican en la vida diaria, guían al sujeto, orientando sus juicios sobre lo que es correcto o incorrecto.

Un aspecto académico brevísimo, siguiendo un poco a Francisco Laporta, podemos encontrarnos frente a tres problemas básicos que tratan los teóricos modernos, 1) La ética y su separación con lo político-jurídico, conocido como el problema Maquiavelo; 2) Distinción entre la ética pública y la ética privada, conocido como el problema Mill; y, 3) La distinción entre una ética de convicción y una ética de responsabilidad, conocido como el problema Weber. Este último, su concepción filosófica y su tratamiento pragmático discierne a la multiplicidad de su observador. Weber, por ejemplo, bajo la visión de una ética de responsabilidad, vuelve a traer la cuestión de que todos los medios pueden justificarse con miras a los resultados que se quieren obtener. Gillian Rose, muestra que estas teorías sociales, están basadas en la filosofía neokantiana con una divergencia central con respecto a la adhesión a las escuelas de Marburgo y Baden; esto sirvió para que el liberalismo sostuviera que lo óptimo para el desarrollo social, es la no intervención en la vida social, pues, lo contrario produce un orden espontáneo superior, en virtud de la astucia misteriosa de una “mano invisible”. Sin embargo, el tratamiento de la ética de responsabilidad está lejos de considerarse no solamente poco ética, sino poco responsable; hemos visto y, aún hoy somos testigos que, el embelesamiento y la vanidad del poder, su búsqueda y disfrute como un fin, basado en criterios cortoplacistas al servicio de intereses parciales y la pura conveniencia egoísta, sin principios que orienten consecuentemente nuestras acciones, ha degenerado en puntos de vista que mantienen ese credo castrado posmarxista, pues, los nuevos eticistas tienden a presentarse a sí mismos como teóricos de izquierda que comparten el ímpetu emancipatorio del marxismo, pero están libres del economismo y el positivismo de éste. Ésta retórica eticista de la novedad, agresiva e irónicamente modernista, no soporta el análisis, como tantas veces ocurre. Su terminología es ciertamente a veces inusual, y el hecho de que se basa en la dudosa concepción del lenguaje derivada del postestructuralismo, por cierto, que agrega un nuevo costado a la ética culturalista.

 “Avanzamos” como especie, y surgieron pensadores como Hegel y Spencer, a quienes Eugenio Zaffaroni los describe como un finísimo filósofo, virtuoso como pocos de su instrumento en el caso de Hegel y, como un borracho en La Scala de Milán en el caso de Spencer, quienes no dudaban de su posición en la punta de la evolución, y por quienes se legitimó el colonialismo y el neocolonialismo, dos caminos diferentes para festejar a una civilización que practicó los peores crímenes de la historia y promovió un sistema de producción que depredó el planeta. Al final, que podía hacer nuestra “América sin historia”, donde nuestros animales son “débiles” que hasta la carne vacuna es “despreciable”, y nuestros “indios estúpidos” que fallecen al contacto con el conquistador (Zaffaroni, 2012).

 Habitualmente escuchamos en el argot popular, la –personalmente- trillada frase “todas las personas son iguales”, pues así también lo dice la declaración universal de los derechos humanos. Sin embargo, este enunciado puede tener diferentes sentidos, así como distintos estatus desde el punto de vista lógico. Puede entenderse, y así parece indicarlo el modo en que está formulado, como un enunciado descriptivo que pretende dar cuenta de la realidad. Quienes creen necesario establecer algún tipo de principio igualitario en estos términos, una propiedad común a todas las personas sin variaciones contingentes, de la misma manera que lo hizo Kant atribuyendo a esta propiedad la capacidad de tener voluntad racional, no está supeditada, según el mismo Kant, a ningún dato sobre las facultades físicas o intelectuales de las personas. Más bien sería un análogo de la noción religiosa de que todos por igual somos hijos de Dios, independientemente de cualquier propiedad empírica que pueda diferenciarnos.

 Empero, como refiere Carlos Nino, es necesario dar ese salto trascendentalista de Kant, por más que limitemos o ampliemos y abstraigamos este principio según el cual todas las personas somos iguales, siempre existirán casos marginales que requieran algún tipo de explicación y desarrollo. En tal virtud, estas similitudes relevantes que ya han sido destacadas por autores como Hobbes o Hart, dan ocasión al mismo tiempo que generan la necesidad de que surjan instituciones como el derecho, para facilitar la cooperación y evitar conflictos. De ello, existen interpretaciones sobre este principio para convertirlo en normativo, esto es, en un principio que dirige el comportamiento, un principio de conducta. De modo que tengamos claro que el principio formulado como “todas las personas deben ser tratadas igualmente” sería inaceptable, más bien debería ser reformulado a “todas las personas deben ser tratadas como iguales”, siendo una interpretación plausible, al menos como una expresión de concepción igualitaria (Nino, 2013). De hecho, algunas teorías originalmente para enlazar a la humanidad se refieren al “Hombre”, actualmente se aspira evitar expresiones que puedan concebirse misóginas, pues, página importante de nuestra lucha en la evolución, ha merecido y merece la mujer en su incansable búsqueda de igualdad. Asimismo, menciona Nino, existen tres principios básicos para la concepción liberal e igualitaria de la sociedad, la inviolabilidad, la autonomía y la dignidad de la persona; y, de esta combinación, puede surgir un esquema del que se establezcan derechos.

 Por otro lado, tenemos corrientes de concepción moral como el colectivismo, que sostiene que, no solo individuos humanos son titulares de intereses morales relevantes, sino que también existen entidades colectivas o supraindividuales cuyos intereses no son del todo reducibles a los intereses de los individuos que las componen. Es cierto, … “tenemos mayor dignidad porque estamos dotados de mayor capacidad para oír, escuchar, tomar consciencia de pertenencia y, por ende, para dialogar” …; pero al mismo tiempo, … “nuestra imaginación es pobre, porque nos movemos aún dentro del paradigma que niega derechos a todo lo no humano” … (Zaffaroni, 2012). Como un ejemplo, tomemos en cuenta parte del preámbulo de nuestra constitución, que dice … “celebrando a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia” …, de esta forma nuestro constitucionalismo andino dio un gran salto del ambientalismo a la ecología profunda; ahora, ¿es esto suficiente? En otra esquina están los animales, es aberrante que aún existan criterios que no consideran admisible el reconocimiento de derechos a los animales, por el hecho de no poder exigirlos. En este caso y a juicio personal, sumado a la creciente bibliografía y replanteos éticos, el bien jurídico en el delito de maltrato de animales, es el derecho del propio animal a no ser objeto de la crueldad humana (Zaffaroni, 2012), pero insisto, ¿es esto suficiente?

 Mis Q.·. Q.·. y R.·. R.·. H.·. H.·., poco servirán estos criterios si mueren en nuestro interior como mera literatura; de nada valdrá nuestra efímera caminata si no buscamos la trascendencia. Seremos menos masones, si no procuramos que nuestros actos sean consecuentes a nuestros principios.

 Cito para finalizar una acertada expresión de la filósofa y catedrática de ética, profesora Adela Cortina, “Porque la cansina repetición de la ley y el castigo no conforman conductas humanizadoras permanentes, no elevan sin más el grado de humanidad de las personas, si los sujetos de la vida humana no comprenden y sienten que la ley, si la hay, viene desde dentro, que es su propia ley.” (Betancur, 2016).


 Juan Andrés Carpio Arévalo

V.·. M.·.

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